Jurisprudencia
Séptima época
PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES QUE SE DERIVAN DEL REGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL Y NO DEL CONTRATO DE TRABAJO.
Voces relacionadas: Contrato, Prescripción, Seguridad Social
El ejercicio de las acciones que derivan del régimen de seguridad social prescriben en los términos que la propia Ley del Seguro Social establece y no así de las que señala la Ley Federal del Trabajo.
CUARTA SALA
Séptima Época, Quinta Parte:
Volumen 71, página 29. Amparo directo 3173/74. Félix Jaime González. 11 de noviembre de 1974. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Marco Antonio Arroyo Montero.
Volúmenes 127-132, página 71. Amparo directo 118/79. Augurio Ayaquica Hernández. 2 de julio de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretaria: Silvia Pichardo de Quintana.
Volúmenes 133-138, página 69. Amparo directo 2303/79. Joaquín Bernardo Horta. 10 de marzo de 1980. Cinco votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretario: Juan Manuel Vega Sánchez.
Volúmenes 169-174, página 41. Amparo directo 7486/82. Instituto Mexicano del Seguro Social. 21 de febrero de 1983. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Volúmenes 169-174, página 35. Amparo directo 8045/82. Instituto Mexicano del Seguro Social. 21 de febrero de 1983. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretaria: María del Rosario Mota Cienfuegos.
Nota: Esta tesis también aparece en la Séptima Época, Volúmenes 193-198, Quinta Parte, página 63, (jurisprudencia con precedentes diferentes).
Semanario Judicial de la Federación, 7a. Época, Volumen 169-174, Quinta Parte, Pág. 80.